A-497/26 de 2026
Ponente Juan Carlos Cortés González
Temas y subtemas del fallo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto entre el Juzgado 011 Administrativo del Circuito de Cúcuta y el Juzgado 005 Civil del Circuito de la misma ciudad por una demanda ejecutiva promovida por ENERGIZETT S.A.
E.S.P., contra el municipio de Los Patios, Norte de Santander, con el propósito de que se libre mandamiento de pago por los valores correspondientes al 50% de los honorarios y gastos causados en un trámite arbitral adelantado ante el Tribunal de Arbitramento del Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio de Cúcuta.
Cumplidos los presupuestos del conflicto entre jurisdicciones la Sala Plena advierte que el asunto corresponde a una demanda ejecutiva singular presentada en contra de una entidad pública, a través de la cual se pretende el reembolso de los honorarios y gastos de proceso que la parte ejecutante alega haber pagado, de conformidad con el artículo 27 de la Ley 1563/12, y que fueron ordenados en el Auto No. 18 del 18 de abril de 2023, que se constituye en el título ejecutivo completo sobre el que se dirigen las pretensiones y no frente al laudo arbitral adelantado.
Así las cosas, la Sala Plena considera pertinente reiterar el auto 834/21 que asigna a la jurisdicción ordinaria en su especialidad civil la competencia para conocer el proceso ejecutivo que pretende reclamar el reembolso de honorarios y gastos sufragados en el trámite arbitral por quien promueve dicho proceso.